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Chiclana

La Junta inicia el procedimiento de suspensión de las NNSS de 1987

El alcalde de Chiclana, Ernesto Marín, ha anunciado este nuevo avance para dotar al municipio de unas Normas Sustantivas.

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El alcalde de Chiclana, Ernesto Marín, ha anunciado que la Junta de Andalucía ha acordado iniciar el procedimiento de suspensión de las Normas Subsidiarias de Chiclana, según le comunicó el miércoles telefónicamente el viceconsejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Juan Antonio Cortecero, quien añadió que esta propuesta había sido aprobada por el llamado “consejillo”, comisión general de viceconsejeros que se encarga de preparar los asuntos que se presentan al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. Hay que recordar que esta anulación es un trámite imprescindibles para dotar a Chiclana de unas Normas Sustantivas que rijan el urbanismo de la ciudad, tras la anulación del anterior PGOU por el Tribunal Supremo, y no se disponga de un nuevo planeamiento.

Asimismo, el Ayuntamiento de Chiclana ha recibido una orden de la mencionada consejería, firmada por su titular, Luis Planas, que acuerda el inicio de este procedimiento administrativo y anuncia que esta propuesta de acuerdo de suspensión, “junto con el documento técnico que recoge el ámbito y los efectos de dicha suspensión, se someterá a dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía”, órgano que dispone de unos 20 días para emitir un informe sobre este asunto, según ha manifestado Cortecero al propio alcalde.

Esta orden también incluye que, “recibido dictamen y habiéndose incorporado en su caso, las alteraciones que procedan, se elevará la propuesta de acuerdo de suspensión al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para su aprobación”.

Por su parte, la delegada de Urbanismo (PVRE), Marisol Ayala, ha destacado “el buen clima en el que se está desarrollando todo este proceso y la celeridad, lealtad y disposición que ha mostrado siempre la Junta de Andalucía”.


Procedimiento
La tramitación de dicho procedimiento de suspensión de las Normas Subsidiarias se sustenta en el artículo 6.1 del Decreto 525/2008 de 16 de diciembre, de conformidad con la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Cabe recordar que el pasado 27 de febrero el pleno municipal del Ayuntamiento de Chiclana acordó por unanimidad solicitar a la Junta de Andalucía la suspensión parcial de las Normas Subsidiarias, por las razones de interés público incluidas en el artículo 35.3 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), y “el establecimiento de una norma sustantiva de ordenación aplicable transitoriamente por un periodo de dos años en sustitución de las suspendidas”, como consecuencia de una modificación en este precepto que otorgaba mayor seguridad al municipio en materia urbanística. Este acuerdo fue remitido de inmediato a la administración autonómica que emitió dictamen favorable al respecto.

El Plan General de Ordenación Urbana fue anulado por el Tribunal Supremo a finales de mayo de 2011, tras haber estado éste en vigor por apelaciones presentadas por el PSOE de Chiclana casi una década, toda vez que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía también desestimó la legalidad de dicho documento.

Tras esta anulación definitiva, Chiclana pasó a estar regida por unas Normas Subsidiarias que datan de 1987, cuando el municipio contaba con 50.000 habitantes (el censo actual es de más de 80.000) y toda la localidad pasó a ser calificada como suelo no urbanizable, excepto el casco histórico, parte del litoral y la Avenida del Mueble.

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