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Almería

Presentan segunda querella criminal contra jueces que declararon legal la licencia del Algarrobico

\"En la sentencia que legaliza la licencia no se hace mención a estas tres resoluciones, que son cosa juzgada y eliminan la posibilidad de que se pueda volver a discutir el ancho de la servidumbre en este tramo de la costa\", advierte

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La asociación Salvemos Mojácar y el Levante Almeriense ha presentado una segunda querella criminal por un presunto delito de prevaricación contra los tres magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que firman la sentencia de 29 de julio que declaró conforme a derecho la licencia municipal de obras concedida en 2003 para la construcción del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería).

   La querella, interpuesta ante el Tribunal Supremo (TS) el miércoles y dirigida contra los jueces Rafael Toledano Cantero, María Torres Donaire y Jorge Muñoz Cortés, argumenta que han acordado declarar legal la licencia de obras del hotel a pesar de estar construido en la servidumbre de costas de 100 metros y en espacio protegido. "Nunca puede ser legal una licencia de obras concedida en espacio protegido e invadiendo la servidumbre de protección", sostiene.

   Para el colectivo, los magistrados "conocían" al dictar sentencia que el establecimiento de una veintena de plantas y 411 habitaciones "vulneraba la Ley de Costas" según tres sentencias en firme del TS que se adjuntaron a los autos y concluyen que el Plan Parcial aprobado por el Ayuntamiento de Carboneras para el sector ST-1 "debió de adaptarse a los 100 metros de servidumbre de protección".

   "En la sentencia que legaliza la licencia no se hace mención a estas tres resoluciones, que son cosa juzgada y eliminan la posibilidad de que se pueda volver a discutir el ancho de la servidumbre en este tramo de la costa", advierte.

   La querella arguye, asimismo, que la sentencia de 29 de julio, que estima los recursos de la promotora del hotel y del Consistorio contra el fallo de 2008 que anuló la licencia municipal por violar la normativa sectorial de Costas y medioambiental, "no entra en el fondo de la cuestión".

   "Es decir --explica-- que los terrenos son protegidos al estar enclavados en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar y que el hotel invade la servidumbre de costas ya que se limita a decir que la licencia es legal sin entrar a valorar que los terrenos no son urbanizables y que el hotel invade la servidumbre de costas".

   Añade, en la misma línea argumental en la que se ha basado el incidente de nulidad de sentencia que se presentó el martes ante el TSJA, que los magistrados "no han tenido en cuenta las pretensiones del Abogado del Estado que ha sido expulsado de facto del procedimiento" y que analiza "pretensiones de la Junta ya obsoletas y de las que desistió en la audiencia pública celebrada en enero al asegurar que la zona de servidumbre era de 100 metros".

ESCRITO AL CGPJ

   Por otro lado, Salvemos Mojácar ha anunciado que ha presentado un escrito en el registro del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y se ha dirigido por carta a su presidente pidiéndole que no conceda esa plaza al magistrado Rafael Toledano Cantero, también presidente de la sala de lo Contencioso-administrativo del TSJA la plaza solicitada en el Supremo "porque en esa caso el embrollo judicial del hotel del Algarrobico se podría complicar aún más".

   Al hilo de esto, ha alertado del "cambio de criterio" del juez, que, en un auto de 28 de octubre de 2010, estableció que "la normativa urbanística municipal de Carboneras, por la que ha considerado ahora conforme a derecho la licencia del hotel, es nula de pleno derecho si se opone al Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de Cabo de Gata, en el que el Algarrobico es C1 o especial protección". "Es todo lo contrario de lo que dice ahora", remarca.

   Esta resolución se dictó en respuesta al recurso que presentó el Ayuntamiento de Carboneras contra una resolución de TSJA que apercibía al exalcalde socialista Cristóbal Fernández ante la posible comisión de un delito de desobediencia si facilitaba movimientos urbanísticos en el paraje.

   "El magistrado Rafael Toledano en el auto firme de fecha 28 de octubre de 2010 había acordado que El Algarrobico es espacio protegido no urbanizable con el nivel de protección C1 sin que desde esa fecha hayan surgido hechos o alegaciones nuevas que justifiquen este cambio de criterio", concluye.

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