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Rota

El Ayuntamiento publica un comunicado en relación a las noticias sobre la subvención a \'Amigos de Rota-Cuba\'

Explican el proceso seguido para la concesión y posterior revocación de la subvención y aclaran que la Asociación ha declinado reintegrar la cantidad reclamada, y que los \"particulares beneficiarios de la compensación\" han presentado escrito de alegaciones alegando \"un caso manifiesto de persecuc

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El Ayuntamiento de Rota, tras las declaraciones vertidas en relación a la noticia aparecida este lunes 8 de diciembre en el periódico nacional ‘El Mundo’ en el que refería textualmente en el titular que ‘Cargos de IU se pagaron el IBI con una ayuda solidaria a Cuba’, ha enviado un comunicado de prensa para explicar una serie de puntos al respecto de dicha información. 

Según reza el comunicado municipal, con respecto a la Subvención, "la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Rota, en la sesión ordinaria celebrada el día treinta de octubre del año dos mil trece, al punto 19º, acordó el inicio del expediente de reintegro de la subvención concedida a la 'Asociación Amistad y Solidaridad Rota-Cuba', por haber sido intervenida desfavorablemente la justificación de dicha subvención por la Intervención Municipal; y que tenía como objeto la ejecución del proyecto de dotación de medios para discapacitados en Caimanera, Guantánamo (Cuba)".

A continuación, explica el comunicado de prensa, y con fecha 10 de noviembre de 2014, "la citada asociación Amistad y Solidaridad Rota-Cuba, ha declinado reintegrar la cantidad reclamada por el ayuntamiento por carecer de fondos económicos para hacer efectivo el pago".

Con respecto a la compensación que se reclama a dicha asociación, el Ayuntamiento recuerda que en la sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Pleno de Rota, "el día dieciocho de septiembre del año dos mil catorce, acuerda ratificar el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada el pasado día 20 de agosto de 2014, al punto 12º.7, de urgencias, para que se proceda al inicio de la tramitación de la revisión de oficio de dicha compensación mediante declaración de nulidad, siguiendo con lo señalado en el artículo 217 de la Ley General Tributaria. Dicha compensación tuvo como beneficiarios varios particulares y una empresa, todos ellos determinados por la propia asociación".

El comunicado finaliza aclarando que "los particulares beneficiarios de la compensación han presentado escrito de alegaciones considerando que esto es un caso manifiesto de persecución ideológica y política; y no habiendo reintegrado hasta la fecha ninguna cantidad".

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