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Sevilla

A Contramano considera "impecable" la ordenanza de patinetes

Defiende que "el límite de potencia impuesto a los patinetes para circular por las vías ciclistas es idéntico al impuesto por la reglamentación europea"

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  • Patinetes eléctricos en Sevilla. -

Ante el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Sevilla aprobando definitivamente la modificación de la ordenanza de Circulación que regula específicamente los patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal, con el apoyo de PSOE y Adelante, la abstención del PP y el rechazo de Cs y Vox, la asociación de ciclistas A Contramano ha defendido que la regulación implementada es "impecable".

La modificación aprobada recoge concretamente que los patinetes eléctricos con sillín sólo podrán circular por la calzada y deberán cumplir la normativa relativa a los ciclomotores convencionales. Los patinetes sin sillín con una potencia máxima de 250 vatios (W) podrán transitar por vías ciclistas a un máximo de 15 kilómetros por hora, aunque no podrán hacerlo por las aceras ni zonas peatonales o calzadas --salvo por los espacios declarados Zona 30 o 20--, ni podrán ser usados por menores de 15 años, a excepción de que vayan acompañados por un adulto, con casco y por el carril bici.

En el caso de los vehículos autoequilibrados, como los 'segway', los monociclos y los 'hoverboard', no podrán sobrepasar los 20 kilómetros hora y tendrán una potencia máxima de 1.000 vatios para los 'segway', 500 vatios para los monociclo y los 700 vatios para los 'hoverboard', y no tendrán autorización para circular si exceden esas características. Además, los 'segway' sólo podrán circular con fines turísticos por zonas determinadas marcadas para ello y con autorización del Consorcio de Turismo, previo informe del área de Movilidad.


Ante ello, A Contramano ha aplaudido esta aprobación y ha defendido que "el límite de potencia impuesto a los patinetes eléctricos para circular por las vías ciclistas es idéntico al impuesto por la reglamentación europea a las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido, por lo que superar este límite o incluso anularlo, como ha sido solicitado por algunas empresas de alquiler de patinetes, significaría una discriminación injustificable respecto de las mencionadas bicicletas eléctricas y las empresas que las alquilan".

Además, avisa el colectivo de que "los erróneamente conocidos como patinetes con sillín son ciclomotores según la legislación europea y, junto con las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido de potencia superior a 250W, deben considerarse y homologarse como ciclomotores, siendo obligatorio para ellos la matriculación y el seguro obligatorio".

Así, la asociación opina que se trata de un modo "impecable de regular la circulación de vehículos eléctricos por el carril-bici, conforme a la legislación tanto europea como española".

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