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Cádiz

Casi 50.000 euros en comisiones: la odisea de los clientes de las tarjetas 'revolving'

El cliente estuvo pagando un interés del 24.86% durante 24 años y ahora la entidad bacaria deberá devolverle la cantidad cobrada de forma indebida

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Andaluc�a Informaci�n
  • Juzgados. -

Casi 50.000 euros en comisiones. Esa es la cantidad que llegó a pagar un cliente a lo largo de los 24 años de vida de una tarjeta revolving con unos intereses que superaban el 24,86%. “Cuando me dijeron la cantidad que había pagado de más me eché las manos a la cabeza, porque era una cantidad considerable”, asegura este cliente, quien prefiere no revelar su nombre. Ahora deben devolverle todo ese dinero que ha pagado de más durante más de dos décadas.

“Lo primero que hicimos fue enviar el caso a nuestra economista asociada, quien lo estudió y desestimó que le salía un cobro indebido de intereses leoninos y abusivos del 24,86%, equiparable a más de 49.000 euros cobrados por la Caixa de más durante todos esos años”, exponen desde Bufete Ortiz Abogados, a cargo del caso.

“Tras esto se presentó la demanda y en primer momento la Caixa se opuso a ella. Por lo tanto fuimos a juicio y la sentencia ha sido estimatoria íntegra con todos los pronunciamientos favorables”, añaden.
Este cliente, ya con una sentencia resuelta favorablemente, se muestra contento ante el resultado. “Recomiendo a todo aquel que se encuentre en la misma situación que lo reclame, porque estamos condenados a pagarle a los bancos de forma indebida y debemos ponernos de acuerdo para conseguir que devuelvan esas cantidades”, explica. 

Tras esta sentencia, también desde Bufete Ortiz han querido animar a todos aquellos que se encuentren en una situación similar a comenzar el procedimiento judicial pertinente. “El gran público debe saber que con respecto a las tarjetas, todo interés que supere el 20% es nulo, y si el banco o la financiera, abusivamente, le ha cobrado esa cantidad, pues puede ir a un abogado especializado en derecho bancario para activar el proceso de devolución”. 

Es el caso de Ignacio Álvarez, quien acaba de embarcarse en el mismo proceso. “En el año 2010 pedí un microcrédito de 1.000 euros y los pagué a unos intereses muy altos, un 27%. Después de haberlo pagado pedí 1.500 euros más que también devolví”. Pero en el año 2016 volvió a solicitar 2.500 euros que comenzó a devolver pagando cada mes 104 euros. “Estuve pagando religiosamente desde 2016 hasta 2020, pero cuando llamé hace unos meses para saber lo que debía me dijeron que la cantidad era de 4.300 euros”.

Ignacio Álvarez acaba de comenzar el procedimiento judicial con la esperanza de recuperar todos esos intereses que se le han cobrado de forma indebida.

Las tarjetas revolving permiten realizar compras aplazando el pago. Su singularidad es que es el cliente el que puede elegir el plazo de devolución del crédito de un interés previamente pactado con el banco. Es decir, en vez de pagar al mes siguiente como sucede con las tarjetas convencionales, el cliente puede elegir una cantidad fija para desembolsar a más largo plazo durante las mensualidades que necesite. A medida que vaya amortizando, el cliente irá recuperando la línea de crédito, de ahí su denominación revolving (giratorio en inglés).

“Para asegurarse una sentencia favorable con este tipo de tarjetas es necesario reclamar por usura y por falta de transparencia acumuladamente. Aunque la reacción general de los bancos ha sido modificar unilateralmente la cláusula de interés remuneratorio en cuestión, ello no quita que al que le han cobrado durante un montón de años un interés superior al 20% pueda reclamar con muchas posibilidades de éxito si se lo encarga a un abogado en condiciones”, concluye el letrado José Luis Ortiz.

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