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Sevilla

Condenados un guardia civil y un particular por altercado en un centro de salud

Un guardia civil ha sido condenado a una multa y a indemnizar con algo más de 8.000 euros a un ciudadano al que hirió con una porra extensible

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  • Juicio. -

Un guardia civil ha sido condenado a una multa y a indemnizar con algo más de 8.000 euros a un ciudadano al que hirió con una porra extensible cuando estaba alterando el orden público en un centro de salud de un pueblo de Sevilla y que también ha sido castigado, en su caso por dar un puñetazo a otro agente.

En la sentencia, fechada el 16 de febrero, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla condena al particular C.E.M.S. por atentado y lesiones con las atenuantes de dilaciones indebidas y embriaguez y le impone un mes y medio de prisión por el primer delito, pena que sustituye por una multa de 540 euros, así como otra multa de 270 euros por el segundo delito.

El guardia civil J.C.V., por su parte, es considerado autor de un delito de lesiones con instrumento peligroso con las atenuantes de dilaciones indebidas y de obrar en cumplimiento del deber y deberá abonar una multa de 450 euros, así como indemnizar a C.E.M.S. con 8.083 euros por las lesiones y secuelas que le causó.

Tanto uno como otro eran acusados y acusadores en esta causa, pero antes del juicio alcanzaron un acuerdo.

Así, por estricta conformidad de las partes, el tribunal consideró probado que los hechos ocurrieron sobre las 00.20 horas del 7 de agosto de 2010 en el centro de salud de Montellano, localidad de la Sierra Sur de Sevilla.

Allí se encontraba en "estado de alteración" el acusado C.E.M.S., de nacionalidad cubana, de modo que se personaron en el lugar el agente J.C.V., otro guardia civil y tres policías locales.

"Uniformados y en el ejercicio de sus funciones", todos pidieron "reiteradamente" al hombre que se calmara, pero C.E.M.S., "con claro desprecio e intención de quebrantar el principio de autoridad", dio un "fuerte puñetazo en la boca" al otro guardia civil y le causó lesiones en el labio superior y el incisivo superior izquierdo.

El encausado, que en ese momento actuaba "bajo los efectos de bebidas alcohólicas que mermaban sus facultades volitivas e intelectivas", también profirió expresiones como "ya te veré en la calle vestido de paisano", "sé dónde vives", "eso no eres capaz de decírmelo de paisano" o "sin el uniforme no eres capaz de hacer eso".

En esa tesitura, J.C.V. utilizó su defensa extensible para propinarle "golpes en la espalda" que le provocaron una fractura vertebral, policontusiones, erosiones y una contusión en el hombro izquierdo.

El hombre necesitó tratamiento farmacológico, tuvo que llevar cabestrillo y collarín y tardó 103 días en recuperarse y estar apto para desempeñar sus ocupaciones habituales, si bien le quedó como secuela un síndrome traumático cervical.

La sentencia, dictada en la misma sala el día del juicio, es firme.

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