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Almería

Condenado por provocar la muerte de su acompañante al circular ebrio en Albox

El joven había "ingerido bebidas alcohólicas en cantidad suficiente para disminuir sus actitudes físicas y psíquicas durante la conducción"

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  • Tribunales. -

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a dos años de cárcel a un hombre acusado por provocar la muerte de su acompañantes al sufrir un accidente de tráfico cuando conducía en estado de embriaguez.

La sentencia, dictada por conformidad, señala que sobre las 04:00 horas del 13 de enero de 2018 el acusado circulaba a la altura del punto kilométrico 5,700 de la carretera AL-7101 en Albox (Almería).

El joven había "ingerido bebidas alcohólicas en cantidad suficiente para disminuir sus actitudes físicas y psíquicas durante la conducción", pero pese a ello iba al volante de un coche de su madre, con una chica de acompañante.

"Influido o afectado por el consumo de estas circunstancias", el hombre iba a una velocidad "excesiva" para esta vía, lo que provocó que el automóvil saliese de la vía por el margen derecho e impactase con una vivienda, hasta volcar en la alzada.

En el siniestro murió la acompañante del acusado, que sufrió un traumatismo craneoencefálico, fracturas craneales y un hematoma subdural.

Cuando los agentes llegaron al lugar, encontraron al hombre "sucio, con olor a alcohol", con un "habla pastosa" y "halitosis" detectable desde una "notoria distancia", por lo que le practicaron las pruebas de alcoholemia.

La primera toma arrojó como resultado 0,57 miligramos de alcohol por litro espirado, y la segunda 0,53, lo que pone "de manifiesto" para la juez la "limitación del acusado para la conducción".

El fallo subraya que desde su "primera manifestación" el joven reconoció los hechos, así como que ha abonado los gastos del fallecimiento, además de que la aseguradora del vehículo había consignado 64.824,78 euros para indemnizar a la madre de la víctima mortal.

Por todo ello, el acusado ha sido condenado a dos años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave, en el que concurren las atenuantes de reparación del daño y reconocimiento de los hechos.

No obstante, se ha acordado la suspensión de esta pena de cárcel durante un plazo de tres años, a condición de que no delinca de nuevo en este periodo y se abone la responsabilidad civil acordada.

Por el mismo delito también se le ha impuesto la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante tres años, con la pérdida del permiso o licencia de conducir. 

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