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Almería

Defensa de ediles imputadas desde 2007 por delito electoral pide que sean "juzgadas sin más demora"

Para el letrado de la defensa, Josefa Cruz y Rosario Fernández "han sido sometidas demasiado tiempo a la 'pena de banquillo' y tienen derecho a que su caso sea juzgado sin más demoras"

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La defensa de la concejal del PSOE de Carboneras (Almería), Josefa Cruz, y de la exedil y primera teniente de Alcalde, Rosario Fernández, para quienes el fiscal interesa penas de multa e inhabilitación especial por presunto delito electoral, ha apelado en un escrito al juzgado instructor al "derecho" de sus patrocinadas a que su "caso sea juzgado sin más demoras".

   En su escrito, el que impugna el recurso de reforma y subsidiario de apelación de la acusación particular ante la última negativa del Juzgado de Instrucción número 1 de Vera a encausar al exalcalde Francisco Ruiz Aguado, la también defensa del exregidor critica que la acusación particular, ejercida por quien fuera el portavoz del grupo municipal del PP en la época en la que presuntamente se produjeron los hechos, Joaquín Amills, "haya estado usando cualquier medio, incluso los procesalmente erróneos", para que Ruiz Aguado "aparezca como imputado durante el mayor tiempo posible".

   Sostiene en su impugnación, consultada por Europa Press, que, tras realizarse las diligencias de investigación solicitadas por la acusación particular, ha sido "ratificado varias veces por distintos titulares" del juzgado el sobreseimiento de las actuaciones respecto a Ruiz Aguado y critica que, en su último recurso, "vuelva nuevamente a insistir" en su imputación contra él "sin aportar ni un solo hecho nuevo y basándose --ahonda-- únicamente en elucubraciones y presunciones carentes de fundamentos".

   Para el letrado de la defensa, Josefa Cruz y Rosario Fernández "han sido sometidas demasiado tiempo a la 'pena de banquillo' y tienen derecho a que su caso sea juzgado sin más demoras" mientras que destaca que ya en 2008, la Fiscalía dijo que era "no era posible imputar" al exalcalde "ningún hecho tipificado penalmente".

   "Además de lo anterior, la actuación de la acusación particular vulnera el derecho del resto de mis representados a un proceso sin dilaciones indebidas", concluye para solicitar a la jueza instructora que desestime el recurso y que le dé traslado de las actuaciones para formular escrito de defensa tal y como se dictó en el auto de apertura de juicio oral.

   La acusación particular ha recurrido, en concreto, una providencia de 6 de octubre, en la que la jueza respondía con un "estese a lo acordado en el auto de 29 de mayo" a su solicitud para que la jueza reabriese la causa con respecto a quien ocupaba la Alcaldía de Carboneras en 2007. Precisamente en ese auto de mayo se dictó el archivo de las actuaciones al considerar que no se han encontrado, a lo largo de una instrucción de casi ocho años, "indicios racionales suficientes de su participación".

   Según sostiene, cabe recurso contra la decisión ya que se adopta "erróneamente" mediante providencia y reitera que resulta "un contrasentido" que no esté imputado Ruiz Aguado cuando "fue sorprendido a las 14,00 horas del 23 de mayo de 2007" por un vecino "en posesión de un bolsa de plástico de color negro con los sobres del voto por correo" de los dos testigos en los que se basa la acusación fiscal contra la concejal y las dos exediles, quien, según han asegurado , "les pidieron el voto a cambio de dádiva o promesa".

   "Es un contrasentido que no se encuentre imputado quien resultó ser destinatario del sobre con el voto por correo, esto es, el exalcalde, quien fue descubierto en la puerta del Ayuntamiento con la tenencia de los sobres electorales con el voto del PSOE ya emitido ese mismo día", añade para concluir que "es por eso que debe estimarse la reimputación".

   El Juzgado de Instrucción 1 de Vera dictó también el 6 de octubre auto de apertura oral contra Cruz, Fernández, otra ex edil, Josefa Ruiz, y un empresario, J.M.C.C., contra quien la Fiscalía no ha formulado escrito de acusación y acordó que el órgano competente para enjuiciamiento era el Juzgado Decano de lo Penal de Almería.

ACUSACIÓN FISCAL

   En el escrito de calificación provisional, fechado en 2010, el Ministerio Público pide para las tres sendas multas de 40 cuotas a diez euros al día, cuatro meses de multa a razón de razón de diez euros al día y un año de inhabilitación especial para cargo público como presuntas autoras de dos delitos electorales del artículo 146.1 a) y 2 del la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg).

   Según recoge, Rosario Fernández y Josefa Ruiz contactaron con una vecina de Almería y le requirieron para que se personará en el Ayuntamiento. Una vez allí, María del Rosario Fernández, entonces primera teniente de Alcalde, le habría dicho textualmente: "Me vas a votar por correo que te voy a dar un puesto de trabajo en el Ayuntamiento como limpiadora".

   Posteriormente, esta vecina de Almería les habría "llevado el voto por correo tras recibirlo" y, ese mismo día, Josefa Ruiz presuntamente le habría dado "diez euros para que se pagara el billete de autobús" de vuelta desde Carboneras mientras le decía: "no te preocupes que vas a tener trabajo".

   El Ministerio Público sostiene que la tercera acusada, Josefa Cruz, contactó con otro vecino que trabajaba en un bar del municipio y le habría solicitado "el voto por correo para su partido a cambio de permitir el Ayuntamiento la apertura de una terraza que facilitaría que pudiera seguir trabajando en el mismo". Supuestamente, este camarero le llevó el voto por correo una vez lo recibió. El escrito concluye que ambos "votaron por correo en las elecciones de 25 de mayo de 2007 en la Oficina de Correos de Carboneras conforme los sobres electorales que les prepararon las acusadas".

   La acusación particular también se dirige contra el empresario porque considera que "habría instado a uno de sus ex empleados" en un bar "a que fuera a coger con Josefa Cruz, más conocida como 'Pepi', el sobre para votar por correo, ofreciéndole a cambio la promesa de hacerle un contrato de trabajo".

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