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La Demarcación de Costas le birla 80.000 metros al futuro turístico de Camposoto

A los reponsables municipales aún les preocupa más el protocolo entre Defensa y Medio Ambiente por el que los suelos desafectados cerca del mar pasan a este último y no a los ayuntamientos.

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  • En la imagen se observa cómo las viviendas se salvan de la protección de los veinte metros. -
  • No ha aplicado el mismo rasero a todos los terrenos al variar la zona de protección marítimo-terrestre
  • A la Almadraba aplica el principio de que se trata de suelo urbano y con todos sus servicios
  • Donde no hay viviendas mantiene la zona de servidumbre en los cien metros desde el agua

El término municipal de San Fernando no podrá contar con unos 80.000 metros cuadrados en los que actuar libremente en aras de un modelo de desarrollo turístico propuesto en diferentes ocasiones por andalucistas y socialistas en los terrenos de Camposoto y aledaños del Cerro de los Mártires, una vez que el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Demarcación de Costas, no ha aplicado los mismos baremos a los vecinos de La Almadraba y al Ayuntamiento isleño.
Se trata de los terrenos más cercanos a la línea de agua, desde donde comienza a contar el deslinde de la Zona de Protección Marítimo Terrestre, hasta los cien metros tierra adentro que marca  la servidumbre de protección, donde se podrán poner en marcha en un futuro algunas iniciativas de equipamientos y servicios previa autorización de Costas, pero nunca un desarrollo urbanístico en toda regla como demandan los modelos tradicionales de aprovechamiento turístico.
Si bien a priori parece una cuestión normal y corriente dentro de la aplicación estricta de la Ley de Costas, en el caso de esa zona de la ciudad se puede mirar como tal, pero también como un agravio comparativo entre los criterios aplicados a los vecinos y los aplicados al Ayuntamiento.
Así es - la segunda posibilidad- como lo miran desde el Consistorio y así está defendido en el recurso presentado por los servicios jurídicos locales ante el Tribunal Supremo, después del último fallo en contra de los intereses municipales.
Para entenderlo en toda su extensión hay que partir del deslinde realizado por Costas que aplicaba la zona de servidumbre hasta los cien metros, por lo que quedaban afectadas las viviendas de La Almadradaba. Los recursos de esta asociación, llevados de la mano del abogado José Antonio Gamero, han basado su defensa en la calificación de suelo urbano de aquella zona y sobre todo, en que las viviendas construidas en los años 40 y 50 contaban ya con todos los servicios, luego el asentamiento estaba consolidado antes de la entrada en vigor de la ley.
A todo eso hay que sumar los errores en el procedimiento y el problema social que suponía derribar esas viviendas, lo que ha sido objeto de posicionamientos políticos que en algunos casos han servido, al menos, para facilitar el diálogo con la Administración competente.

Vecinos sí, ayuntamiento no
Fruto de todo ese proceso ha sido la decisión del Ministerio de Medio Ambiente de admitir las alegaciones de los vecinos, primero, y de variar el deslinde hasta los veinte metros en la zona donde están las viviendas consolidadas, pero no ha aplicado esa misma zona de servidumbre a aquel suelo que no está construido y que sólo está afectado en parte.
En este último caso, la línea llega a los cien metros, como estaba tras el último deslinde a principios de siglo y cuando en diciembre de 2000 se les notificó a los vecinos lo que se les venía encima.
En algunas de las zonas -no en línea recta porque el deslinde parte de la lámina de agua- la protección llega a 50 ó 60 metros tierra adentro, o lo que es lo mismo, a los terrenos municipales y a los del propio Ministerio de Defensa, justo donde va ese gran proyecto que nunca llega de un complejo turístico con campo de golf incluido. 

Caso reconocido
En lo que presumiblemente va a basar su defensa el Ayuntamiento es en que una vez que se varía el deslinde, que se haga para todo el mundo igual, aunque a ese argumento se antepondrá el supuesto que contempla la Ley para aquellas viviendas en suelo urbano ya consolidadas, que era el caso de La Almadraba, y no lo eran otros publicados en los medios como los ocurridos en Galicia donde se ordenó derribar las casas construidas de la noche a la mañana y sin permisos.

La amenaza de las interpretaciones de la política

Lo que el futuro depare a esos terrenos, pendientes del pleito del Ayuntamiento con Costas en el Tribunal Supremo en la parte afectada por la servidumbre, hasta puede ser más halagüeño que lo que le puede esperar al resto de los terrenos visto como están las relaciones entre el Consistorio y el Ministerio de Defensa tras el decretazo del alcalde, Manuel María de Bernardo, delimitando los terrenos de los polvorines de Fadricas. No obstante y habida cuenta de que la liberación de Camposoto no ha prosperado ni con buenas ni con malas relaciones, ni con el Partido Popular ni con el PSOE en el Gobierno, hay otro aspecto que ya venía preocupando a los responsables municipales de Urbanismo del anterior mandato corporativo, por cuanto su aplicación puede ser la puntilla para las expectativas puestas en el millón y medio de metros cuadrados del Ministerio de Defensa. Se trata del protocolo de intenciones entre los ministerios de Medio Ambiente y Defensa que establece que los suelos desafectados cerca del mar pasen a Medio Ambiente antes que a los ayuntamientos en cuyos términos municipales se encuentran, lo que sí sería cerrar el libro y quemarlo. La respuesta a esta realidad, por parte de los socialistas, es que su proyecto caribeño en Camposoto con el que concurrieron a las elecciones se podía hacer porque el protocolo tenía en cuenta las necesidades de las poblaciones, y para La Isla poner en valor turístico esos terrenos era vital. El problema es que valorar esas necesidades era un criterio político, no técnico. O sea, que para demostrar esa necesidad hace falta que el oponente esté en buena disposición de reconocerlo.

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