El alcalde de cartaya, Juan Polo, ha desautorizado este miércoles la orden que hizo llegar este martes su concejal de Seguridad Ciudadana, Domingo Crespo, a la plantilla de la Policía Local, a la que tuvo acceso VIVA y que estuvo colgada en el tablón de anuncios de la jefatura durante toda la jornada, firmada por el propio edil de Seguridad.
La misma rezaba que “a partir del próximo lunes día 8 de septiembre se iniciará por los agentes de la Policía Local la supervisión y regulación de los espacios habilitados como zona azul, estableciéndose un periodo de 15 días: del 8 al 23 de septiembre como periodo informativo a los conductores y usuarios de estos espacios y a partir del día 24 proceder de forma ejecutiva”.
Pues bien, según se puede este miércoles leer en la web municipal del Consistorio cartayero, el alcalde ha dicho que “aún no se está aplicando la ordenanza reguladora de la Zona ORA gratuita que se implantará en la localidad, y que tampoco se va a hacer hasta que no se desarrolle previamente una campaña informativa, que hemos puesto en marcha conjuntamente con los empresarios, para que los ciudadanos tengan claro en todo momento en qué consiste y su finalidad”.
Lo que no detalla el alcalde son ni fechas para la campaña informativa, ni para la entrada en vigor de la Ordenanza, que contempla sanciones de hasta 100 euros para aquellos conductores que excedan el tiempo máximo de una hora, que también establece la Ordenanza, ocupando una misma plaza de aparcamiento en las calles afectadas por la zona azul.
HASTA 190 EUROS EN TASAS POR EXCEDER UNA HORA DE APARCAMIENTO
Con la Ordenanza en las manos, si un vecino excede en una hora el estacionamiento de su vehículo en las calles del centro de Cartaya, la broma podría salirle hasta por 100 euros, a los que podrían sumarse otros 90 si el coche es retirado por la grúa municipal.
Una medida que, según reza la propia ordenanza, se adopta “para garantizar la rotación en los aparcamientos en determinadas vías públicas de la localidad”, pero que según fuentes de la Policía Local, tiene sólo un fin “recaudador puro y duro”. Estas mismas fuentes han asegurado igualmente que con esta Ordenanza el equipo de Gobierno quiere “utilizar” a los agentes para “recaudar”, por lo que en lugar de fomentar que la Policía Local sea un “modelo policial al servicio del ciudadanos”, se está fomentando que se convierta en un “modelo policial recaudador”.
Por otra parte, y según la Ordenanza, el periodo de vigencia de la zona azul es todo el año, con horario de lunes a viernes (de 9.30 a 14.00 y de 16.30 a 20.00 horas) y sábados (de 9.00 a 13.30 horas).
Según el texto de la Ordenanza, no estarán sujetos a la tasa regulada en esta Ordenanza las motocicletas, ciclos, ciclomotores y bicicletas; los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad; los vehículos en los que estén realizando operaciones de carga y descarga, en la zona señalada a tal fin, y dentro del horario marcado, o bien, fuera de dicha zona, siempre que la operación tenga una duración inferior a 5 minutos; los taxis cuando el conductor esté presente; los vehículos en servicio oficial, debidamente identificados, propiedad del estado, la comunidad autónoma, la provincia, o el ayuntamiento, que estén destinados directa y exclusivamente a la prestación de los servicios públicos de su competencia; los vehículos destinados a asistencia sanitaria; y los vehículos en cuyo interior permanezca el conductor o pasajero mayor de edad, siempre que el tiempo sea inferior a 5 minutos.
MÉTODO DE ESTACIONAMIENTO
Según también reza la Ordenanza, para estacionar en la zona delimitada por la misma se deberá exhibir en el interior del parabrisas, totalmente visible desde el exterior, el justificante con indicación de la hora de llegada. Transcurrido el periodo de tiempo máximo permitido de 60 minutos, el usuario tendrá que retirar su vehículo del estacionamiento, no pudiendo estacionar durante los siguientes 10 minutos en zonas igualmente reguladas a menos de 100 metros del lugar donde lo hiciera por última vez.
El cumplimiento de lo regulado en la Ordenanza, en cuanto a limitación de estacionamiento a los usuarios, “quedará garantizado mediante el establecimiento de correspondiente señalización y vigilancia de la Policía Local de Cartaya, o vigilantes determinados a tal efecto”. Dichos vigilantes de estacionamiento limitado están obligados a denunciar las infracciones generales que observen y las referidas a la normativa específica que regula dicha zona.
ZONAS AFECTADAS
Las vías públicas afectadas por la Ordenanza son la calle Alta (entre las casas número 1 y 17); la calle Hospital (de la 3 a la 19); la calle Nueva (de la 20 a la 30 -confluencia con calle Pescadores- y de la 21 a la 31 -confluencia con calle Villeda-); calle Misericordia (de la 2 a la 16 -confluencia calle De La Plaza hasta acceso al Mercado Municipal- y de la 3 a la 17 -confluencia de la calle De La Plaza hasta Correos-); calle Convento (de la 40 a la 46); calle Alcalde Guillermo Pérez (de la 7 a la 25); calle Santa María (de la 1 a la 27 -confluencia calle Gibraleón hasta la notaría-); calle Gibraleón (de la 1 a la 19); calle San Pedro (de la 15 a la 21 -confluencia con calle Trascampana a confluencia con calle Castillo).