El Supremo revisará el 7 de julio el caso de Ricardi, encarcelado 13 años por una violación no cometida
El alto tribunal autorizó el pasado diciembre la interposición del recurso extraordinario contra la sentencia de 15 de octubre de 1996
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo revisará el próximo 7 de julio el caso del gaditano Rafael Ricardi, condenado por un delito de violación en 1995 que supuestamente no cometió y por el que ha pasado 13 años en prisión.
El alto tribunal autorizó el pasado diciembre la interposición del recurso extraordinario contra la sentencia de 15 de octubre de 1996 de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz, que le condenó y solicitó la remisión de la causa original y de las diligencias practicadas en el sumario que se ha reabierto como consecuencia de esta información.
En el recurso presentado por la defensa de Ricardi, la abogada recordó que las pruebas para condenar a su defendido se vieron apoyadas por el informe biológico de ADN sobre las muestras recogidas en la ropa de la víctima, recogiendo la sentencia que aunque no podía excluirse la presencia en cada uno de los marcadores estudiados de todos los alelos correspondientes al presunto agresor, aparecen alelos extras que no se corresponden ni con aquél ni con la víctima.
Además, un informe de la Fiscalía de Cádiz recordó que posteriormente, tras la detención de una persona como partícipe de violaciones realizadas con el mismo modo de actuar por la que fue condenada Rafael Ricardi y posteriores a las que fueron causa de su condena, unas nuevas pruebas realizadas con unas técnicas más avanzadas y precisas concluyen que se puede descartar la existencia en la gasa analizada de células pertenecientes a Rafael Ricardi.
Asimismo, la Fiscalía señaló que otro un informe complementario realizado el 17 de Julio de 2008 por el Instituto de Toxicología de Sevilla, tras un amplio y detallado análisis de un gran número de marcadores identificados y su comparación con el ADN de Rafael Ricardi y de otros dos nuevos sospechosos, llega a identificar en los restos de semen perfiles genéticos que coinciden con altísima probabilidad, por no decir certeza, con los correspondientes a uno de los sospechosos y con menos índice de probabilidad con el otro, mientras que no se han detectado restos de ADN perteneciente a Rafael Ricardi.
El ministerio fiscal manifestó que puede concluirse que si fueron dos los autores tal y como relatan los hechos probados de la sentencia y están, identificados a través de los restos biológicos, excluye la participación y por tanto la responsabilidad en los hechos de Ricardi.
El alto tribunal autorizó el pasado diciembre la interposición del recurso extraordinario contra la sentencia de 15 de octubre de 1996 de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz, que le condenó y solicitó la remisión de la causa original y de las diligencias practicadas en el sumario que se ha reabierto como consecuencia de esta información.
En el recurso presentado por la defensa de Ricardi, la abogada recordó que las pruebas para condenar a su defendido se vieron apoyadas por el informe biológico de ADN sobre las muestras recogidas en la ropa de la víctima, recogiendo la sentencia que aunque no podía excluirse la presencia en cada uno de los marcadores estudiados de todos los alelos correspondientes al presunto agresor, aparecen alelos extras que no se corresponden ni con aquél ni con la víctima.
Además, un informe de la Fiscalía de Cádiz recordó que posteriormente, tras la detención de una persona como partícipe de violaciones realizadas con el mismo modo de actuar por la que fue condenada Rafael Ricardi y posteriores a las que fueron causa de su condena, unas nuevas pruebas realizadas con unas técnicas más avanzadas y precisas concluyen que se puede descartar la existencia en la gasa analizada de células pertenecientes a Rafael Ricardi.
Asimismo, la Fiscalía señaló que otro un informe complementario realizado el 17 de Julio de 2008 por el Instituto de Toxicología de Sevilla, tras un amplio y detallado análisis de un gran número de marcadores identificados y su comparación con el ADN de Rafael Ricardi y de otros dos nuevos sospechosos, llega a identificar en los restos de semen perfiles genéticos que coinciden con altísima probabilidad, por no decir certeza, con los correspondientes a uno de los sospechosos y con menos índice de probabilidad con el otro, mientras que no se han detectado restos de ADN perteneciente a Rafael Ricardi.
El ministerio fiscal manifestó que puede concluirse que si fueron dos los autores tal y como relatan los hechos probados de la sentencia y están, identificados a través de los restos biológicos, excluye la participación y por tanto la responsabilidad en los hechos de Ricardi.
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