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Huelva

Siete años de inhabilitación para el exalcalde de Bollullos por prevaricación en el Ramos Mantis

El Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva ha condenado al exalcalde socialista de Bollullos Par del Condado Carlos Sánchez a siete años de inhabilitación especial de empleo o cargo público para ser alcalde o formar parte de una corporación local por un delito de prevaricación

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El Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva ha condenado al exalcalde socialista de Bollullos Par del Condado Carlos Sánchez a siete años de inhabilitación especial de empleo o cargo público para ser alcalde o formar parte de una corporación local por un delito de prevaricación, en relación a la ejecución de unas obras en el Parque Ramos Mantis del municipio entre los años 2005 a 2007, ocupando el cargo en la actualidad de portavoz del grupo municipal socialista en el Consistorio, que tendrá que abandonar una vez que se confirme la sentencia, la cual no es firme todavía. También lo condena al abono de las costas procesales incluidas las de la acusación particular.

   Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez considera probado que durante el tiempo que ejerció como alcalde, y, en concreto desde el año 2005 hasta el 2007, por parte del Ayuntamiento que él presidía se llevaron a cabo obras de reparación y construcción del denominado Parque Ramos Mantis, consistentes en el cerramiento perimetral del espacio, la demolición del cerramiento existente y la albañilería necesaria para el nuevo cerramiento que fueron ejecutadas varias empresas.

   Así, considera que para la realización de esas obras solo se formalizaron dos expedientes, para adjudicar las obras de demolición del cerramiento existente y de albañilería necesarias para la ejecución de un nuevo cerramiento para el parque. Sin embargo, señala probado que para la realización de las obras de albañilería y jardinería interior no se formalizó expediente alguno, de forma que no se tramitó procedimiento de contratación ni de adjudicación, ni proyecto de obra, ni ningún otro trámite legalmente establecido, pese a lo cual el exalcalde acordó verbalmente la realización de estas obras con una empresa con domicilio social en Sevilla sin que conste ningún tipo de contrato y a sabiendas de los informes contrarios de la Intervención del Ayuntamiento y de la falta de dotación presupuestaria para hacer frente a los pagos.

   La juez entiende que el exalcalde, aún siendo consciente de todas esas deficiencias, dictó varios decretos de alcaldía entre los meses de marzo a septiembre de 2007, y las correspondientes órdenes de pago y los cheques o pagarés para hacerlos efectivos, por los que reconocía y aprobaba las obligaciones de las distintas facturas por cada una de las unidades de obra que iba realizando e inmediatamente dictaba los correspondientes decretos y ello pese a que con carácter previo a dictarlos, por el Interventor del Ayuntamiento se había emitido los correspondientes informes negativos para la realización de esta obra con una dotación inicial de 120.000 euros.

   Además, esta cantidad se debió a una subvención de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía y que representaba una aportación del 80 por ciento del coste, habiéndose abonado en 2007 la cantidad de 90.000 euros en concepto de anticipo, con el fin de que el Ayuntamiento utilizara sus propios medios y contratara a 15 trabajadores. Pese a ello el alcalde contrató la obra a una empresa y no a personal laboral alguno, situación que motivó que el Servicio Andaluz de Empleo iniciara un procedimiento administrativo por incumplimiento de las condiciones.

   Durante el juicio, el exalcalde socialista de Bollullos se declaró inocente, aseguró que confiaba "plenamente" en los técnicos y en sus concejales y defendió que "sabía lo que firmaba pero los técnicos eran los responsables". En esta línea, insistió en que "firmaba lo que le pasaban estos", a lo que añadió que llevó adelante las obras, a pesar de contar con informes económicos negativos por parte del interventor ante la falta de recursos, porque era "habitual esta situación, ante la nefasta situación de las arcas municipales".

FISCALÍA Y ACUSACIÓN PARTICULAR

   Cabe recordar que el Ministerio Fiscal solicitó imponer al acusado la pena de inhabilitación especial de empleo o cargo público para ser alcalde o formar parte de una corporación local durante nueve años por un presunto delito de prevaricación.

   Por su parte, la acusación particular por este mismo delito solicitó que se le impusiera la pena de nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público y al pago de las costas de dicha acusación. A su vez, en concepto de responsabilidad civil, pidió que se le condenara a indemnizar al Ayuntamiento de la localidad con 744.555 euros por el perjuicio patrimonial causado en sus arcas públicas. Sin embargo, la juez ha declinado al entender que "no efectuó incorporación alguna de fondos públicos a su patrimonio".

   Esta denuncia se remonta al año 2009, cuando el actual alcalde de la localidad, el independiente Francisco Díaz Ojeda, presentó una denuncia ante los juzgados de La Palma del Condado por presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, falsedad documental y fraude en la contratación.

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