El informe del interventor del Ayuntamiento de Huelva sobre la propuesta de subida en un 4,1% en la tarifa del agua deja claro que , “no puede informarse favorablemente”. Y lo hace, argumentando cada uno de los factores indicados por el ayuntamiento la pasada semana.
Así, el informe del interventor, al que ha tenido acceso Viva Huelva, señala que habría que aclarar si “las circunstancias expuestas están dentro del riesgo y ventura que rige las concesiones, siendo previsibles, o si, por el contrario, no lo eran y suponen un riesgo sobrevenido e imprevisible que altera sustancialmente las previsiones del contrato”.
En este sentido, deja claro que “no se aporta estudio económico financiero que avale que el incremento de gastos no viene acompañado de un incremento en los ingresos, cuando estamos en presencia de una empresa con beneficios en sus cuentas anuales en el ejercicio 2012, segundo año de este contrato, siendo la previsión la contraria”.
Sobre al argumento que justifica parte de la subida en el incremento del coste de las tarifas eléctricas el citado informe rebate que “esta circunstancia es previsible por la empresa, máxime cuando la oferta presentada por la misma contempla un periodo de 25 años, y habida cuenta que es notoria las fluctuaciones de precios en el sector energético, carece del carácter imprevisible, y entraría en la órbita del riesgo y ventura del empresario “.
Pero, el informe también deja en el aire el Fondo Social a disposición del Ayuntamiento para cubrir las necesidades más urgentes de aquellos ciudadanos más desfavorecidos por un importe de 137.500 euros del que dice que “no queda acreditado cuál es la duración de ese fondo, si es de carácter anual, o si se extendería a toda la vigencia del contrato, dato necesario para su correcta valoración, así como el tratamiento fiscal que tuviera el mismo para la empresa, en el caso que a la vez supusiera algún beneficio fiscal”.  No obstante, reconoce que si se destina ese fondo dentro del ejercicio de subida de las tarifas y además no supone beneficio fiscal alguno, “podría considerase adecuada la propuesta de revisión”. Recordemos que el fondo va destinado al pago temporal del coste del servicio de abastecimiento y saneamiento a familias en situación de emergencia, de modo que Aguas de Huelva entregará el dinero en efectivo para que puedan hacer frente al pago de los recibos, tras un informe de los Servicios Sociales o de una ONG que acredite la situación extrema de las familias.
También valora el informe de la Intervención municipal el argumento aducido por Francisco Moro, presidente del Consejo de Administración de Aguas de Huelva, de que se ajusta la tarifa debido en parte al canon impuesto por la Junta de Andalucía, puesto que “el argumento del impacto de la aplicación del canon de la Ley de Aguas carece de carácter de circunstancia sobrevenida en imprevisible”, lo que sucede debido a que “la licitación del contrato se publicó con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de la Ley de Aguas de Andalucía” que entró en vigor el 10 de agosto de 2010, mientras que el plazo de presentación de proposiciones a la licitación del presente contrato finalizó su plazo de presentación de proposiciones el día 10 de octubre de 2010.
La intervención también señala la falta de cierta documentación necesaria para la aprobación de la subida de tarifas como la propuesta de modificación del articulado de las Ordenanzas Fiscales reguladora de las tasas de agua y saneamiento e informe del Departamento de Rentas. También resulta preceptivo “informe del Departamento de Contratación que analice la procedencia de la modificación del contrato suscrito con la empresa Aquagest Andalucía S.A. que supondría la presente revisión de tarifas”.