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Andalucía

Fadeco estudiará llevar a los tribunales la aplicación del decreto de vivienda y critica su finalidad "recaudatoria"

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La patronal andaluza de la construcción, Fadeco, ha criticado la finalidad "recaudatoria" del decreto ley sobre la función social de la vivienda aprobado este martes por el Consejo de Gobierno de la Junta, y han precisado que están a la espera de ver el texto "para ver si se puede ser atacado jurídicamente", de forma que estudiará recurrir la aplicación del decreto ley "si vulnera el derecho de propiedad, regido por la Constitución Española".

   Fuentes de Fadeco se han mostrado "sorprendidas" por el hecho de que el Consejo de Gobierno apruebe un decreto ley, figura que supone "una intromisión del poder Ejecutivo en el Legislativo" y que, a su juicio, "se debe usar solo de forma muy prudente y para casos de acuciante y urgente necesidad".

   Fuentes de Fadeco consideraron que "asegurar el cumplimiento de que la vivienda sea un bien social no requería de esta premura y se podría haber hecho un proyecto de ley, que supusiera la participación de cuantos tienen interés en esta materia, y llevarla al Parlamento y no a través de esta disposición del decreto ley que supone una intromisión".

   Fuentes de Fadeco indicaron a Europa Press que "en materia de vivienda, la Junta se está caracterizando por hacer disposiciones de pomposos titulares pero luego en su realidad práctica sirven para poco, como ocurrió con la Ley del Derecho a la Vivienda, que no ha servido para nada".

   Fadeco ha apuntado que "la primera impresión que tenemos es dudar de si la Junta tiene competencias para irrumpir en el núcleo del derecho de propiedad y el derecho de dominio, que está regulado por la Constitución y cuya tutela es de ámbito estatal".

   Por ello, quedarán a la espera de conocer el texto en su totalidad "para ver si se incurre en ilegalidad alguna y si da lugar a 'encontronazos' con la normativa estatal, algo que decidirán los tribunales, que pondrá a este decreto en su sitio", toda vez que "veremos si su aplicación puede ser atacada jurídicamente, pues este decreto ley nos suscita dudas en torno a su legalidad".

   "Pensamos que puede vulnerar el derecho de propiedad, pues a la Junta no le corresponde entrar en ese derecho de la propiedad, que es competencia de la legislación del Estado", han agregado las fuentes.

CONFISCACIÓN SIN INDEMNIZACIONES

   Asimismo, cree que el termino 'expropiación' en este decreto ley "está mal usado, pues si es algo temporal, se trata de una ocupación, no de una expropiación, término este último que requiere d una situación de estabilidad, si es temporal es una ocupación".

   Fuentes de la patronal de la construcción han lamentado que en este decreto ley "se habla de expropiaciones temporales, pero para nada se refiere a posibles indemnizaciones por esa expropiación temporal, por lo que una expropiación temporal donde no hay indemnizaciones parece más una confiscación temporal".

   Por ello, los empresarios esperan que se planteen las indemnizaciones, aunque reconocen no saber mucho más del texto "pues solo conocemos lo apuntado en rueda de prensa y en la referencia del Consejo de Gobierno, no conocemos el texto completo".

"OCURRENCIAS" DE LA CONSEJERÍA

   Las fuentes asimismo se muestran "sorprendidas", toda vez que "se habla de subvenciones para cumplir la función social de la vivienda, que se detallarán en el futuro Plan Andaluz de Vivienda", a lo que Fadeco considera que "si la Junta tiene tantas ganas de pagar subvenciones, debería empezar a pagar las ayudas del plan anterior, de las que no han dado ninguna noticia".

   "El papel lo aguanta todo y se pueden crear subvenciones en el papel, que luego ni se pagan ni se cubren, pero da la impresión de que hay una riada de subvenciones con estas ocurrencias de la Consejería de Fomento y Vivienda", han agregado las fuentes, quienes insisten en que la Consejería "primero pague las subvenciones que debe, y cuyo impago ha llevado a muchos promotores a la ruina".

   Agrega que el decreto ley de la Junta "sí se preocupa en establecer el régimen disciplinario, con penalizaciones de hasta 9.000 euros", de forma que "al socaire de la función social de la norma se busca una finalidad recaudatoria, habida cuenta de la conocida necesidad de liquidez de la Junta".

   "Aunque la intención, como siempre, es buscar buenos objetivos, el hecho de no tener experiencia en gobernar en la práctica deviene en ineficacia", ha agregado.

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