La Audiencia rechaza recurso del exalcalde de Santa Fe y lo juzgará por la adjudicación de la grúa

Publicado: 26/07/2014
Los dos procesados recurrieron en primer lugar el auto de procedimiento abreviado que emitió en su día el Juzgado de Instrucción 6 de Granada
La Audiencia Provincial de Granada ha rechazado el recurso de apelación planteado por el que fuera alcalde de Santa Fe (Granada) hasta hace escasamente un mes, el socialista Sergio Bueno, y lo juzgará por la adjudicación supuestamente fraudulenta del servicio de grúa por el Consorcio Vega Sierra Elvira cuando él ostentaba su presidencia.

   En el caso también está imputado el que fuera secretario en el Consorcio, Prudencio R.M., para el que la Fiscalía de Granada solicita, al igual que para Bueno, dos años de prisión, ocho de inhabilitación especial para cargo público y otros ocho de inhabilitación absoluta, por la presunta comisión de dos delitos contra la administración pública, uno en su modalidad de prevaricación administrativa perpetrada por funcionario público y otro de fraude y exacciones ilegales.

   Los dos procesados recurrieron en primer lugar el auto de procedimiento abreviado que emitió en su día el Juzgado de Instrucción 6 de Granada, pero su petición fue desestimada en un nuevo auto que ellos también impugnaron.

   Solicitaron la nulidad de las actuaciones por falta de legitimación del denuciante --el propietario de Grúas Taboada-- pero la Sección Segunda de la Audiencia ha decidido ahora desestimar también en este caso sus pretensiones, confirmando en un nuevo auto, al que la tenido acceso Europa Press, la resolución que los sitúa a un paso del juicio. La vista, que está ya a la espera de señalamiento, podría celebrarse para el mes de febrero del próximo año, según las fuentes consultada.

ACUSACIÓN DE LA FISCALÍA

   Según consta en el escrito de acusación del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, los dos procesados, con la "pretensión de enriquecerse ilícitamente" y "favoreciendo a terceros" a costa de los fondos públicos, iniciaron el 15 de marzo de 2010 un procedimiento de supuesta licitación por el procedimiento de negociado y sin publicidad para llevar a cabo la adjudicación o contratación del servicio de retirada de vehículos abandonados en la vía pública en los términos municipales integrados en el Consorcio.

   Sería por un importe total de 60.000 euros por tiempo de dos años, y resultó adjudicataria provisional la mercantil 'Bueno Mar Sociedad Limitada', pero, al no hallarse inscrita registral ni tributariamente, tuvieron que renunciar a tal adjudicación, tras denunciarse tales irregularidades.

   Ante la situación de hecho así creada, "y persistiendo ambos acusados en los mismos ilícitos propósitos originarios", el siguiente 3 de agosto promovieron una nueva adjudicación del servicio, ahora con una duración de un año por un importe de 50.000 euros, concurriendo al mismo 'Grúas Anias', 'Grúas Cijuelas', 'Bueno Mar' y 'Grúas Taboada'.

   Las ofertas se abrieron el 30 de agosto de 2010 y resultó de ello la adjudicación, el 28 de septiembre, a favor de 'Bueno Mar', que por ello recibió entre el 22 de noviembre de 2010 y hasta un año después un total de 49.560 euros en pagos del Consorcio. Todo, "después de oír desdeñosamente" los acusados "los reparos opuestos frente a la manifiestamente ilícita adjudicación así decidida, y la evidente carencia por parte de la entidad beneficiaria de otros requisitos previamente establecidos en el pliego de condiciones", lo que motivó un recurso contencioso-administrativo en el juzgado por parte de los otros concurrentes.

   El fiscal alude al hecho de que entre el primer y segundo anuncio (15 de marzo de 2010 y 3 de agosto de 2010) el servicio a licitar aumentase casi el doble (de 60.000 en dos años a 50.000 en solo uno), y señala que la empresa era en realidad 'Abogados Asociados Bueno Mar S.L', que carecía de la dedicación y capacidad material para asumir el servicio contratado, de forma que tuvo que subcontratar a su supuesta competidora 'Grúas Anias'. Además, la oferta alternativa, concurrente pero finalmente desestimada, lo era prácticamente a coste cero y en condiciones de gratuidad, al conllevar los desguaces anexos, con lo que no hubiese supuesto coste alguno al Consorcio.

   Por ello, el Ministerio Público atribuye a los procesados dos delitos contra la administración pública, uno en su modalidad de prevaricación administrativa perpetrada por funcionario público y otro de fraude y exacciones ilegales, y solicita por el primero ocho años de inhabilitación especial para cualquier cargo o función pública y por el segundo dos años de prisión y ocho de inhabilitación absoluta. Asimismo, en cuanto a la responsabilidad civil, el fiscal pide que los coacusados indemnicen al Consorcio en la cantidad de 49.650 euros por importe de los fondos presuntamente sustraídos de manera fraudulenta.

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