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Ronda

La delegación de Tráfico insiste en la validez del decreto del corte

La delegada de Tráfico ha leído un comunicado en respuesta a la acusación de no publicación del decreto.

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  • DELEGADA -

La delegación municipal de Tráfico y Movilidad ha dado a conocer hoy un nuevo comunicado relacionado con la publicación del decreto que recogía la implantación de las medidas sobre la circulación de vehículos en el casco histórico dentro de plan de movilidad de esta zona de la ciudad.

La concejal de este departamento, Paqui González, ha procedido a la lectura de un comunicado oficial donde, ‘visto el comunicado de prensa efectuado por la plataforma de afectados por el corte del Puente Nuevo de ronda, y ante la información que se divulga para conocimiento de los vecinos, resulta necesario desde esta delegación, una vez consultado con los servicios jurídicos del Ayuntamiento, a fin de no incurrir en imprecisiones o errores que pudieran acarrear más perjuicios que beneficios, decir lo siguiente:

En primer lugar, y en cuanto a la afirmación; “de que la Secretaría le dijo que por un error en el Decreto no había sido publicado” es del todo incorrecta e inveraz. Dicho decreto en ningún caso requiere de publicación en ningún boletín, ya sea del Estado, de la Comunidad Autónoma, Provincial o tablón de edictos municipal. Para producir efectos, la resolución es plenamente válida y eficaz desde la fecha que se dictó, 22 de diciembre de 2017, produciendo sus efectos jurídicos desde la misma, lo cual se puede constatar, dado que ésta aparece firmada electrónicamente ese día, algo que es imposible de manipular, a diferencia de lo que puede ocurrir con un documento que se firme de puño y letra’.

El comunicado añade que ‘lo que ocurrió es que, por un error administrativo del funcionario/a que se encargó de tramitarlo, ésta no se envió al libro electrónico de decretos, que es el encargado de ordenar correlativamente las resoluciones otorgándole número. Dicho defecto es formal y subsanable y así se ha procedido a hacer mediante diligencia de Secretaría e incorporación en el libro de decretos electrónicos’.

Asimismo, añade el documento, ‘se puede constatar el procedimiento que electrónicamente se llevó a cabo para dictar esa resolución, a través de la auditoría que el propio gestor de expedientes ‘Gestiona’ ofrece a los usuarios, pudiendo comprobar el funcionario que lo elaboró y quién lo tramitó’.

Asegura el escrito que ‘no obstante la implementación de la administración electrónica, procedimiento que sigue el Ayuntamiento desde el año 2015 en cumplimiento de la Ley 39/2015, es un procedimiento arduo y complejo no exento de errores de este tipom pese a la pericia y buen hacer del personal administrativo que día a día se encarga de su tramitación, no siendo ésta ni la primera ni la última vez en que esto pueda suceder, errores que, como ya se ha indicado, son perfectamente subsanables’.

En según lugar, continúa el comunicado, ‘nos resulta del todo irresponsable y demagógico divulgar una información sesgada y tergiversada que carece de todo tipo de rigor jurídico, pues, siguiendo ese criterio, todos los actos que se dictaron en este Ayuntamiento serían ineficaces y nulos de pleno derecho pues hasta el año 2014 no se daban números correlativos y, consecuentemente, no se incluían en el libro de decretos las resoluciones dictadas por el Alcalde y los Tenientes de Alcalde, algo que, pese a ser obligatorio, no resta validez ni eficacia al acto dictado, como establece la propia Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que señala que los actos son plenamente válidos desde la fecha que se dictan’.

Por último, se añade que ‘en tercer lugar, debemos decir que las sanciones impuestas como consecuencia del mismo son plenamente válidas, por lo que impulsar a la población a gastar tiempo y dinero, en el caso de que quieran llegar hasta la vía contenciosa en su impugnación, es irresponsable y carece de toda lógica’.

 

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