El tiempo en: Vélez-Málaga
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

María Salmerón está "esperanzada" con su recurso a la Audiencia

Continúa luchando contra la decisión del Juzgado de lo Penal número seis de habilitar un segundo plazo de 15 días para su ingreso voluntario en prisión

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • María Salmerón en la Delegación del Gobierno. -

María Salmerón, la mujer condenada a nueve meses de cárcel por desobediencia al incumplir el régimen de visitas de su hija con el padre de esta, condenado a su vez a un año y nueve meses de cárcel por malos tratos; se ha mostrado este jueves "esperanzada" con el recurso de queja elevado a la Audiencia de Sevilla, contra la decisión del Juzgado de lo Penal número seis de habilitar un segundo plazo de 15 días para su ingreso voluntario en prisión para cumplir dicha pena, una decisión emitida después de que le fuese denegada formalmente su petición de nuevo indulto.

María Salmerón ha manifestado a Europa Press, después de que el Juzgado de lo Penal número seis desestimase su recurso de reforma, subsidiario de apelación, contra dicho requerimiento de ingreso voluntario en prisión, que su recurso de queja ante la Audiencia de Sevilla está depositado en la Sección Primera de dicha instancia.

EL RECURSO DE REPOSICIÓN AL MINISTERIO

Además, recordémoslo, esta mujer ha formulado ante el Ministerio de Justicia un recurso de reposición, contra la decisión de dicho departamento de rechazar sus solicitudes de cancelación de antecedes penales, reclamando anular tales decisiones por "indefensión" y que sean cancelados sus antecedentes derivados de condenas emitidas por los juzgados de lo Penal números uno y 15 de Sevilla.

María Salmerón se ha mostrado así "esperanzada" con el citado recurso de queja ante la Audiencia, contra la decisión del Juzgado de lo Penal número seis, apreciando una "vulneración de derechos fundamentales" en el requerimiento para su ingreso voluntario en prisión. En dicho recurso de queja, como ha recordado, se solicita la suspensión cautelar de dicho requerimiento hasta la resolución del propio recurso de queja.

De este modo, ha apostado por "esperar unos días" al pronunciamiento de la Audiencia de Sevilla, exponiendo con relación al segundo plazo voluntario de ingreso en prisión dictado por el Juzgado de lo Penal número seis de Sevilla, de 15 días y comunicado el pasado 18 de mayo, que la magistrada titular de dicho juzgado le ha concedido "unos días más" de plazo, una decisión adoptada por la juez "hace unos días".

AUTO DE 2021

En concreto, en un auto de fecha 28 de enero de 2021, recordémoslo, el juzgado daba cuenta de que ante la petición de la representación de María Salmerón de suspender la ejecución de su condena a nueve meses de prisión impuesta en junio de 2019 por esta instancia judicial, tanto la Fiscalía como la acusación particular se opusieron a dicha medida.

Al respecto, el juzgado razonaba que si bien María Salmerón "ha sido condenada en varias ocasiones", lo cierto es que "nunca ha entrado en prisión", ya sea por la concesión de indultos o por la prescripción de los hechos sancionados, con lo que esta condena del Juzgado de lo Penal número seis a nueve meses de cárcel por desobediencia y otra más del Juzgado de lo Penal número uno serían "las únicas" que pesan a todos los efectos sobre Salmerón.

LOS OTROS INDULTOS

Finalmente, el Juzgado de lo Penal número seis consideraba en este auto de enero de 2021 que "la concesión de otros indultos" a Salmerón, aunque el último fuese declarado nulo por el Tribunal Supremo, conducía a resolver que "lo más prudente" era entonces suspender la efectividad de la mencionada condena a nueve meses de cárcel hasta que fuese resuelta la solicitud de Salmerón respecto a un nuevo indulto, con su aceptación o "denegación".

Pero en una providencia posterior de fecha 29 de marzo de este año recogida por Europa Press, el Juzgado de lo Penal número seis indicaba que aquella petición de indulto fue formalizada el 9 de febrero de 2021, toda vez que "la última documentación" solicitada con relación al asunto se remonta al 26 de marzo de aquel año y la regulación estipula que "transcurrido el plazo de un año, debe entenderse desestimada la solicitud de indulto".

Es por eso que el juzgado requería ya a María Salmerón para "el ingreso en prisión a fin de cumplir la pena" impuesta, con un plazo de 15 días para ello desde la notificación de dicha decisión, pesando posteriormente la decisión del Gobierno central de denegar ya de manera expresa su petición de nuevo indulto.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN