El urbanismo local a golpe de sentencia judicial

Publicado: 10/06/2012
Los tribunales de Justicia se han convertido en árbitros finales del planeamiento urbanístico municipal
El urbanismo de una ciudad se determina en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y en sus planes parciales que lo desarrollan, pero las últimas sentencias confirman que los tribunales de justicia se han transformado en los últimos en decidir y arbitrar qué hay que construir y qué no.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre la biblioteca de la Universidad de Sevilla en el Prado de San Sebastián es un ejemplo paradigmático, por partir de los propios vecinos afectados y por ser una práctica más que utilizada por los ayuntamientos: realizar una modificación puntual para cambiar el uso del suelo en el que se va a edificar. No hay que olvidar que, en espera de que el Ayuntamiento de Sevilla redacte formalmente la modificación puntual del PGOU para construir el aparcamiento en La Alameda o cambiar el uso del edificio de La Gadidia, ya ha habido voces que enarbolaban la sentencia de la biblioteca como jurisprudencia válida para impugnar los proyectos.

La del Tribunal Supremo sobre Los Gordales, donde la Junta de Andalucía quiere edificar la Ciudad de la Justicia, pone fin a un conflicto entre administraciones, cada una defendiendo los usos para los que destinar determinados terrenos. En este caso la razón la ha obtenido la Junta, que en este conflicto judicial iba de la mano del Ayuntamiento de Sevilla, entonces de acuerdo con que Los Gordales acogieran tan deseado proyecto.

Justicia, política y dinero
Sin embargo, el hecho de que la Justicia haya despejado el uso de estos suelos no aclara su futuro: la crisis ha reducido a la emergencia las inversiones públicas y el actual equipo de gobierno de Juan Ignacio Zoido prefiere el Prado para ubicarla.

Pero el Prado, su ordenación urbanística, ha sido protagonista de varias sentencias en las que se demuestra que la Administración debe hacer las cosas algo mejor. El pasado año, en julio, el TSJA obligaba al Ayuntamiento de Sevilla a tramitar el expediente de nulidad que planteó la comunidad de propietarios del edificio de Diego de Riaño número 4 contra un acuerdo del pleno que aprobaba la ubicación de las cocheras del Metrocentro en el Prado. Los vecinos denunciaron los ruidos y vibraciones que producían las cocheras, y acudieron a los tribunales al estimar que eran “ilegales” porque carecían de licencia urbanística y apreciaban hasta siete irregularidades. El resultado: vuelta al principio del procedimiento, mucho tiempo y muchos recursos gastados.

Patrimonio
Más sonora y aún inconclusa se queda la polémica que rodea a la Torre Pelli, denunciaba por plataformas y vecinos, pendiente de alguna que otra resolución, y sin dudas legales al respecto por parte de las Administraciones competentes a tenor de la postura final del Consistorio -a la que apoyarán Estado y Junta de Andalucía- en defensa del rascacielos tras anunciar la Unesco que pone los tres edificios declarados Patrimonio de la Humanidad en su ‘lista negra’ ante la incidencia de la torre.

Los vaivenes políticos han provocado que, sin que ni siquiera la Justicia se pronuncie al respecto, la torre esté en el centro de la polémica y su modificación o no haya centrado hipótesis en las que los tribunales sí que tendrían que pronunciarse, especialmente en lo económico, en  cuánto le costaría al Ayuntamiento paralizar las obras.

Tiempo y dinero público perdidos

Los vecinos del Prado, que se han llevado cinco años luchando contra la biblioteca de la US y  que hasta que no vean su derribo no dormirán tranquilos, han lamentado el tiempo y el dinero público que se ha perdido a lo largo de este procedimiento judicial.

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