El Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla ha condenado a tres meses de cárcel a un agricultor por provocar en pleno verano de 2010 un incendio que calcinó un total de 81 hectáreas de suelo agrícola y forestal en el paraje sevillano de Los Matones, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
El juicio por estos hechos no llegó a celebrarse después de que el acusado, S.A.F., mostrara su conformidad con la calificación de la Fiscalía, por lo que ha sido condenado a tres meses de prisión y el pago de una multa de 720 euros por un delito de incendio forestal imprudente con la atenuante de dilaciones indebidas.
Asimismo, el acusado deberá indemnizar a la Junta de Andalucía con 142,56 euros por los gastos de extinción del fuego.
No obstante, el juez acuerda la sustitución de la pena de tres meses de prisión impuesta al acusado por el pago de una multa de 720 euros.
Por conformidad de las partes, se declara probado que el acusado era el 6 de agosto de 2010 el representante legal de una sociedad que tenía arrendadas las tierras situadas en el paraje Los Matones a una tercera persona para el cultivo de cereal, entre otras materias primas.
"Por decisión suya", y con una temperatura de 35 grados centígrados "e índice de peligro de incendio de alarma", sobre las 12,00 horas de ese día se realizaron con un tractor tareas de limpieza de rastrojo de cereal y su posterior quema sin autorización de la Administración.
"FALTA DE AUTORIZACIÓN"
La sentencia, consultada por Europa Press, recoge que, "a la falta de autorización, se unía que el acusado no había provisto el lugar de medida preventiva alguna en orden a evitar un posible incendio, tal como cortafuegos o mochilas de agua, y el lugar había sido abandonado antes de la extinción total del fuego".
Todo lo anterior provocó que se generara el incendio, que quemó un total de seis hectáreas y media de terreno forestal, al margen de otras 75 hectáreas de suelo agrícola, que constituían en una franja de 400 metros zona de influencia forestal.
Los gastos de extinción del incendio fueron tasados en la cantidad de 142,56 euros, sin perjuicio del coste de agua a ello destinada.
TRES PLAZOS
El juez manifiesta que, hasta su remisión al Juzgado de lo Penal, el procedimiento judicial ha estado "ralentizado" en su tramitación procesal, aunque ello no es imputable al acusado, por lo que aplica la atenuante de dilaciones indebidas.
Para el pago de la responsabilidad civil y de las multas, el juez concede al acusado tres plazos mensuales consecutivos, comenzando en octubre de 2017 y siendo los dos primeros por importe de 500 euros y el último de 582,56 euros.