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sociedad

Al rapero Pablo Hásel pueden caerle más de dos años de cárcel

La Audiencia Nacional acoge este jueves el juicio por sus publicaciones a favor de miembros de ETA y el Grapo y por una canción contra el rey Juan Carlos I

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  • Pablo Hasel. -

La Audiencia Nacional acoge este jueves el juicio contra el rapero Pablo Rivadulla, conocido como Pablo Hásel, que se enfrenta a una pena de cárcel de dos años y nueve meses y multa de 40.500 euros por publicaciones en Twitter a favor de miembros de las organizaciones terroristas ETA y GRAPO y por una canción contra el Rey Juan Carlos.

La Fiscalía pide que se le imponga una multa de 40.500 euros por los delitos de enaltecimiento del terrorismo y de calumnias e injurias contra la Corona y las instituciones del Estado, de acuerdo con el escrito de acusación que recoge más de 60 comentarios publicados en su perfil de Twitter entre los años 2014 y 2016.

El acusado suma una condena con fecha de 2014 de la Audiencia Nacional de dos años de cárcel por difundir a través de Youtube varios temas en los que deseaba que se cometieran atentados contra representantes del PP y PSOE. Un año después el Tribunal Supremo confirmó la pena.

En esta ocasión se le acusa de difundir en su perfil --que cuenta con más de 54.000 seguidores-- comentarios contra la Policía Nacional, a quien acusa de 'asesinos' y 'mercenarios de mierda' y contra la Guardia Civil, de la que insinúa que tortura y dispara a inmigrantes.

'Joseba Arregi asesinado por la policía torturándolo', dice en uno de sus comentarios en referencia a la muerte del exjefe militar de ETA en 1981, mientras que de Isabel Aparicio, detenida en octubre de 1979 como miembro de los GRAPO, dice que fue "exterminada por comunista" y que el Estado le negó asistencia médica.

También se refiere al líder de Podemos, Pablo Iglesias, como 'el mierda' que está 'de risitas en Zarzuela' y apunta que la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau 'criminaliza la huelga'. Gran parte de los tuits que recoge la Fiscalía incluyen ataques contra la Casa Real tales como: 'El ladrón de Borbón no debe dar crédito a la impunidad que tiene para burlarse de nosotr@s', 'llaman banda criminal a grafiteros y no a la monarquía' o 'un año más con la mafiosa y medieval monarquía'.

CONTRA EL REY EMÉRITO

La Fiscalía incluye además la letra de una canción publicada por el acusado en su canal de Youtube el 26 de agosto de 2016 con el título 'Pablo Hasel... Juan Carlos el Borbón' en la que aparecen imágenes y cortes de voz del Rey emérito así como una imagen de la cabeza del Rey Felipe VI, que surge del interior de la cabeza de su padre y ésta a su vez del interior de la cabeza de Francisco Franco.

'Apuntaba maneras cuando mató a su hermano Alfonsito', 'Torrente es un santo al lado de Juanca, ya denunciaron que a Sofía maltrata', 'A mi no me cierra la boca semejante canalla' o 'En televisión vomitan que es útil, sí claro, pa su camello y pal dueño del puti', son algunos de los extractos del tema.

También se refiere al Rey emérito como 'capo mafioso saqueando el estado español', 'borracho tirano' y 'basura mafiosa' y dice que 'A la cárcel van los pobres y no la infanta Cristina, pero medio país le desea la guillotina".

DOS CONDENAS

Por el delito de enaltecimiento del terrorismo la Fiscalía pide dos años y nueve meses de cárcel, multa de 16.200 euros y la medida de dos años de libertad vigilada. Por el delito de calumnias e injurias contra la Corona, multa de 10.800 euros y por el delito de injurias y calumnias contra las instituciones del Estado multa de 40.500 euros.

Además de la pena de la Audiencia Nacional en 2014, el músico suma otra condena de multa de 540 euros impuesta por el Juzgado Penal 3 de Lleida por un delito leve de falta de respeto a la autoridad por referirse a Ángel Ros, alcalde de dicha localidad, como 'Àngel malparit, et mereixes un tret, t'apunyalaré' ('Àngel malnacido, te mereces un tiro, te apuñalaré').

La sentencia del Penal 3 concluyó que estas expresiones contenían "una enorme carga ofensiva y violenta que en ningún caso pueden tener amparo en la libertad de expresión" y que, sin desconsiderar la gravedad de las expresiones, se entiende que no concurren los requisitos legalmente previstos para considerarlas delito de amenazas.

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