El Consejo de Gobierno ha acordado desestimar el recurso de reposición presentado contra la sanción de 300.000 euros impuesta el pasado 23 de febrero al titular de una oficina de farmacia de la provincia de Cádiz, que comercializaba y distribuía, como mayorista no autorizado, medicamen-tos que previamente adquiría para su negocio a los proveedores legales.
El Ejecutivo andaluz señala que las alegaciones sustanciales incluidas en el recurso ya fueron en su momento expuestas en el propio procedimiento sancionador y asimismo rechazadas, al acreditarse con pruebas tanto la infracción como la voluntad del interesado de llevarla a cabo.
La Ley 29/2006 de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Pro-ductos sanitarios tipifica como infracción muy grave realizar, por parte de las oficinas de farmacia, actividades de distribución de medicamentos a otras oficinas, almacenes mayoristas u otras entidades, centros o personas físicas sin autorización para ello, o bien la realización de envíos de medicamentos fuera del territorio nacional.
La sanción acordada en febrero se impuso en su grado máximo al con-currir, además, circunstancias agravantes de fraude, incumplimiento de las advertencias previas, perjuicio causado, permanencia o transitoriedad de los riesgos y beneficio obtenido con la infracción, entre otras.
El procedimiento sancionador fue iniciado en 2015 a raíz de la labor realizada por la Inspección de Servicios Sanitarios de la Consejería de Salud. Durante el pasado año, los profesionales de este cuerpo realizaron 26 inspecciones a oficinas de farmacia por distribución de medicamentos o ventas sin receta en la comunidad autónoma. Cinco de ellas motivaron la apertura de expedientes sancionadores.